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estatuto

Estatutos de los Amigos del Perú Amazónico eV

1. Nombre

La asociación se llama Amigos del Perú Amazónico eV

2. Domicilio social y ejercicio económico

La sede de la asociación se encuentra en Unterheinriet.

El ejercicio económico es el año natural.

3. Propósito

(1) El objetivo de la asociación es promover la cooperación al desarrollo, la protección del clima, la ayuda caritativa y el entendimiento internacional con el pueblo del Perú. (2) El foco de la cooperación son las zonas rurales, especialmente en las regiones de Cusco, Huánuco, San Martín y Ucayali. (3) Esto se hace mediante:
  • Apoyo financiero y material para iniciativas de autoayuda sin fines de lucro, socialmente integradoras, cooperativas o similares, por ejemplo, grupos de agricultores.
  • Asesoramiento en la resolución de problemas técnicos principalmente agrícolas (cultivo del suelo, cosecha/trilla, secado y almacenamiento), así como en la transformación y comercialización de productos agrícolas.
  • Asesoramiento e intercambio de experiencias en el campo de la agroforestería. Se deben utilizar métodos agrícolas predominantemente ecológicos y se debe proteger la selva tropical (protección del clima).
  • Asistencia médica y social en casos específicos, especialmente en las zonas de proyectos de la asociación.
  • Apoyo a escuelas y otras instituciones educativas.
  • Promoción de actividades que promuevan el intercambio intelectual y cultural.
  • Promover actividades que generen conciencia sobre las conexiones entre el Norte Global y el Sur Global.
(4) En sus actividades, la asociación concede gran importancia a la cooperación con todas las organizaciones sociales, públicas, privadas, eclesiásticas y científicas que promueven el objetivo de la asociación descrito en el párrafo (1) y pueden apoyarlas financieramente.

4. Estatus sin fines de lucro

(1) La asociación opera desinteresadamente; no persigue principalmente sus propios fines económicos.

(2) Al implementar el artículo 3, la asociación persigue exclusiva y directamente fines benéficos y sin fines de lucro en el sentido del artículo "Fines fiscales privilegiados" del código tributario. Los fondos de la asociación sólo podrán utilizarse para los fines establecidos por ley.

(3) Los miembros no reciben ningún otro beneficio de los fondos de la asociación.

(4) Nadie podrá beneficiarse de gastos o transacciones ajenas a los fines de la asociación ni de remuneraciones desproporcionadamente elevadas.

5. Membresía

(1) Pueden ser miembros de pleno derecho las personas físicas que acepten los fines previstos en el apartado 3.

(2) Los miembros extraordinarios pueden convertirse en personas jurídicas que acepten los fines previstos en el apartado 3. Al momento de votar deberá identificarse con el poder correspondiente.

(3) La solicitud de membresía debe presentarse por escrito a la junta. La junta decide sobre la solicitud de membresía por mayoría simple. Si la junta rechaza la solicitud, el solicitante puede apelar ante la junta general. Éste toma la decisión final por mayoría simple de votos.

(4) La membresía finaliza:

a) por declaración de renuncia
b) por exclusión de la junta general
c) por muerte

(5) La exclusión de un miembro debido a un comportamiento perjudicial para los fines o la reputación de la asociación sólo podrá decidirse con una mayoría de 2/3 de los votos emitidos en una asamblea general.

6. Publicar

La cuota anual de asociación la determina la asamblea general. Los socios honorarios están exentos de pago.

7. Órganos

Los órganos de la asociación son:

a) La junta general (MV)

b) La junta

octava asamblea general

El máximo órgano de Amigos del Perú Amazónico eV es la asamblea general.

(1) Tareas del MV:

a) Determinación de las directrices para las actividades de la asociación de conformidad con el artículo 3

b) Elección y cese o destitución del consejo de administración

c) Reconocimiento de los informes comerciales y de caja, así como del presupuesto anual vigente.

d) Modificaciones de los estatutos

e) Exclusión de miembros

f) Determinación del importe de la aportación

g) Disolución de Amigos del Perú Amazónico eV de conformidad con el Artículo 11

h) La asamblea general puede nombrar miembros de un consejo asesor que brinde apoyo consultivo al consejo.

i) La MV designa dos auditores por un período de dos años.

j) A petición de la junta directiva, la asociación general nombra como miembros honorarios a personas que hayan demostrado un compromiso positivo con la asociación.

(2) Convocatoria y quórum de la junta general

a) La junta general se celebrará al menos una vez al año.

b) La asamblea general tendrá quórum si se la invita con 14 días de antelación, adjuntando el orden del día propuesto. La asamblea general tiene quórum independientemente del número de miembros presentes.

c) La junta general podrá ser convocada como evento presencial, online o híbrido. En los dos últimos casos, se debe habilitar una sala de reuniones digital para miembros claramente elegibles.

d) Salvo disposición en contrario, los acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos.

e) A petición del 20% de los socios, deberá convocarse a asamblea general.

f) La asamblea general es convocada por el directorio.

g) Si una reunión no tiene quórum, la junta puede convocar una nueva reunión con el mismo orden del día, pero no antes de que haya transcurrido un plazo de 3 semanas. Esto entonces tiene quórum en cualquier caso.

h) El acta de cada reunión debe ser elaborada y firmada por: quien levanta el acta, el presidente de la reunión y el miembro de la junta responsable de escribirla.

9. Junta Directiva

(1) Composición y tareas

a) El consejo está formado por tres miembros iguales: presidente, vicepresidente y tesorero.

b) El consejo está obligado por los acuerdos de la junta general y gestiona los negocios diarios.

c) La junta directiva representa a la asociación dentro y fuera de los tribunales. Cada miembro del consejo de administración está autorizado individualmente para representar a la empresa en el sentido del artículo 26 del Código Civil alemán (BGB).

d) El directorio deberá dar cuenta a cada MV de sus actividades desde la MV anterior.

e) El consejo adopta un reglamento interno y nombra secretario a uno de sus miembros.

(2) Elecciones y mandatos

a) Los miembros del directorio son elegidos por un período de dos años. Permanecen en sus cargos después de su mandato hasta nuevas elecciones. La reelección es posible.

b) Los miembros de la junta directiva serán elegidos en votaciones separadas y por mayoría simple.

c) La exclusión sólo podrá realizarse mediante un voto de censura constructivo con 2/3 de los votos de los miembros presentes.

(3) La junta realiza su trabajo de forma voluntaria. Además del reembolso de los gastos de su trabajo, la junta directiva puede recibir una remuneración adecuada en el marco de la tarifa fija por trabajo voluntario de conformidad con el artículo 3, número 26a de la EStG. El MV determina el importe y la duración.

10. Modificaciones de los estatutos

(1) Las solicitudes de modificación de los estatutos deberán presentarse por escrito a la junta.

(2) Las solicitudes de modificación de los estatutos deberán anunciarse a todos los miembros mediante una invitación a la asamblea general.

(3) Para modificar los estatutos se requiere una mayoría de 2/3 de los miembros presentes.

(4) La junta directiva puede ejecutar las solicitudes de modificación de los estatutos presentadas directamente por la oficina tributaria o el tribunal local, debiendo informar inmediatamente a sus miembros.

11. Resolución

(1) La disolución de Amigos del Perú Amazónico eV requiere una mayoría de 2/3 de todos los miembros.

(2) Si la asociación se disuelve o si el objeto fiscalmente privilegiado deja de existir, el patrimonio de la asociación se acumulará en partes iguales:

  • Infostelle Peru eV, Friburgo
  • pan para el mundo
  • Misereor, Aquisgrán

que tienen que utilizarlo directa y exclusivamente con fines benéficos.

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